El PACTA de Alquiler debe ser cumplimentado y firmado obligatoriamente por todos los firmantes del contrato de arrendamiento.
Mantendrá
su vigencia durante todo el contrato de arrendamiento y sus posibles
prórrogas, incluidas aquellas cuestiones que pudieran quedar pendientes
(destrozos, pago de recibos…..)
Puede firmarse en cualquier
momento de la vida del contrato de arrendamiento. Si el contrato ya
hubiese comenzado habría que incluir las dos fechas (la de la firma del
contrato y la de la firma del PACTA de Alquiler).
El PACTA de
Alquiler es válido para cualquier arrendamiento: vivienda, local,
oficina, alquiler vacacional, nave, garaje, trastero….
Una vez firmado se enviará al numero de fax indicado en el mismo.
Ambas partes conservarán su copia junto al contrato de arrendamiento como anexo al mismo, para hacer valer sus derechos.